Vial peptídico junto a documento oficial de fórmula médica colombiana en fondo índigo profundo, símbolo del marco regulatorio INVIMA y la legalidad de péptidos en Colombia
MARCO REGULATORIO · 19 May 2026

¿Son legales los péptidos en Colombia? Marco INVIMA, Decreto 677/95 y casos prácticos

Qué péptidos son legales en Colombia: cosméticos con registro INVIMA bajo Decisión 516 CAN, medicamentos peptídicos con fórmula médica, péptidos sin registro sanitario no. Marco INVIMA, Decreto 677/95, Ozempic 2019M-0019473, Wegovy 2024MBT-0000122 y casos prácticos.

¿Son legales los péptidos en Colombia? Marco INVIMA, Decreto 677/95 y casos prácticos

Cosméticos sí con Notificación Sanitaria Obligatoria bajo Decisión 516 CAN. Medicamentos peptídicos INVIMA con fórmula médica. Tirzepatida vendida en Facebook por «Casa Cavalier» o «magistral» de J.E. Laboratorios, no — y la Alerta INVIMA No. 95-2026 de abril es la evidencia más reciente. El backlog de 14.000 registros sanitarios pendientes condiciona todo el resto.

Editorial · Cluster Marco Regulatorio · Colombia
Estado
Vigente
Valoración KRECE
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Claridad regulatoria
8 /10
Impacto
9 /10
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Intermedio
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V2.5 · Rev. 3
Categoría
Marco Regulatorio
Posición KRECE desde el párrafo 0

En Colombia los péptidos cosméticos tópicos son legales con Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) bajo la Decisión 516 de la Comunidad Andina, los medicamentos peptídicos con registro sanitario INVIMA se dispensan con fórmula médica — Ozempic está registrado bajo INVIMA 2019M-0019473 desde 2019 para diabetes tipo 2, Wegovy bajo INVIMA 2024MBT-0000122 para obesidad, y Mounjaro (tirzepatida) bajo INVIMA 2025M-0021776 y 2025M-0021778 para diabetes tipo 2 desde 2025, y los péptidos sin registro sanitario INVIMA vendidos en redes sociales son fraudulentos conforme al artículo 2 del Decreto 677/95. La Alerta Sanitaria INVIMA No. 95-2026 de abril documentó el caso más reciente: Tirzepatida 20 mg/2 mL comercializada para uso estético por «Casa Cavalier» en Facebook, sin registro y por tanto ilegal. La fórmula magistral colombiana está acotada y no admite péptidos como BPC-157 o TB-500 — en abril de 2024 INVIMA ya emitió alerta específica sobre «Semaglutida + Vitamina B12» del establecimiento J.E. Laboratorios como «preparación magistral» fraudulenta sin certificación en buenas prácticas de elaboración. El INVIMA carga con un backlog de más de 14.000 registros sanitarios pendientes que motivó la Resolución 2025010547 de marzo de 2025, y la entrada de genéricos de semaglutida prevista para 2026-2027 depende directamente del avance de ese Plan de Contingencia.

El espacio peptídico en Colombia tiene una particularidad regulatoria que conviene nombrar desde el primer párrafo: el marco normativo es claro y maduro, pero el INVIMA carga con un backlog estructural de más de 14.000 registros sanitarios pendientes que motivó el Plan de Contingencia de la Resolución 2025010547 de marzo de 2025. La consecuencia operativa es doble. Por un lado, los medicamentos peptídicos más relevantes ya están registrados: Ozempic desde 2019, Wegovy desde 2024, Mounjaro desde 2025. Por otro, el mercado paralelo de péptidos sin registro — promocionados en Facebook, Instagram y mensajería privada, vendidos como «magistral», «estético» o «suplemento avanzado» — sigue activo y ha sido objeto de alertas sanitarias INVIMA cada vez más frecuentes en 2024-2026.

La confusión del lector colombiano se construye en la distancia entre los dos planos. Quien busca «BPC-157 Colombia» encuentra tiendas en línea con presentación profesional. Quien busca «Ozempic sin fórmula médica Bogotá» encuentra vendedores que ofrecen entrega por mensajero el mismo día. Influencers de la estética y la longevidad en Medellín, Cali, Barranquilla y Bogotá promocionan «péptidos para regenerar», «péptidos para estimular el colágeno» o «péptidos para deporte». La accesibilidad operativa del producto no es prueba de su legalidad; en Colombia, como en prácticamente todos los mercados regulados, es señal de que el enforcement del INVIMA está calibrado a recursos limitados y prioridades concretas. Pero el INVIMA ha demostrado en 2024-2026 que su capacidad de detección y alerta es real: alertas específicas sobre tirzepatida en Facebook, sobre semaglutida en preparaciones magistrales fraudulentas y sobre lotes falsificados de Ozempic alineados con la WHO Alerta 02-2024. La taxonomía editorial completa que separa nutriente, fármaco y RUO está cubierta en la taxonomía KRECE de péptidos; acá nos centramos en una sola pregunta: qué se puede y qué no se puede hacer legalmente con péptidos en territorio colombiano en mayo de 2026.

Este editorial cubre el marco regulatorio colombiano aplicable a péptidos en cinco categorías: cosméticos peptídicos bajo Decisión 516 CAN, suplementos dietários, medicamentos peptídicos con registro sanitario INVIMA, formulación magistral y péptidos sin registro sanitario importados o comprados en redes. Cada categoría tiene su norma, su autoridad y su estatus legal específico. La pregunta «¿son legales los péptidos en Colombia?» no admite respuesta única; admite cinco respuestas distintas según qué péptido y para qué uso.

Las normas aplicables a péptidos en Colombia

El marco regulatorio colombiano aplicable a péptidos descansa sobre una norma marco, dos decretos técnicos específicos, un sistema andino armonizado para cosméticos y una autoridad sanitaria central con competencia nacional. El INVIMA (Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos), creado por la Ley 100 de 1993 y reglamentado por el Decreto 1290 de 1994, es la autoridad sanitaria nacional responsable de la protección de la salud individual y colectiva mediante el control de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos médicos, productos de aseo y otros insumos. Funciona como Establecimiento Público del orden nacional adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social.

La norma marco para medicamentos es el Decreto 677 de 1995, «por el cual se reglamenta parcialmente el Régimen de Registros y Licencias, el Control de Calidad, así como el Régimen de Vigilancia Sanitaria de Medicamentos, Cosméticos, Preparaciones Farmacéuticas a base de Recursos Naturales, Productos de Aseo, Higiene y Limpieza y otros productos de uso doméstico». Este decreto define los requisitos de registro sanitario, las condiciones de venta de medicamentos, y — críticamente para este editorial — establece en su artículo 2 que los productos sin registro sanitario INVIMA se consideran fraudulentos, terminología regulatoria específica que el INVIMA usa de manera sistemática en sus alertas sanitarias.

Sobre el Decreto 677/95 se levantan normas especializadas: el Decreto 1782 de 2014 sobre medicamentos biológicos (que aplica a varios peptídicos como Wegovy, registrado bajo modalidad MBT — medicamento biotecnológico), los Decretos 219 de 1998, 3554 de 2006 y normativa complementaria sobre cosméticos, y la Decisión 516 de la Comunidad Andina (2002) modificada por la Decisión 705 (2008), que armoniza las legislaciones de Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia en materia de productos cosméticos, estableciendo el régimen de Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) en lugar de registro previo.

Para suplementos dietários aplica la Resolución 3096 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, que regula el régimen de registro sanitario de suplementos dietários y establece los requisitos técnicos. La tabla siguiente resume el marco aplicable según categoría de producto peptídico.

CategoríaNorma aplicableAutoridadEstatus
Cosméticos peptídicosDecisión 516 CAN + Decisión 705 CAN + Decreto 219/98 + Decreto 3554/06 (NSO)INVIMALegal con NSO
Suplementos con péptidosResolución 3096/2007 + Decreto 3249/2006INVIMADepende del péptido
Medicamentos peptídicosDecreto 677/1995 + Decreto 1782/2014 (biotecnológicos)INVIMA (Dir. Medicamentos)Legal con fórmula médica
Fórmula magistralDecreto 677/1995 (preparaciones magistrales) + Decreto 2200/2005 (servicio farmacéutico)INVIMA + Secretarías departamentalesMuy restringida
Péptidos sin registro sanitarioDecreto 677/1995 artículo 2 (producto fraudulento) + Código Penal arts. 372-374INVIMA + Fiscalía General de la NaciónIlegal para uso humano

El contexto regulatorio reciente. El 19 de marzo de 2025 INVIMA implementó la Resolución 2025010547 con un Plan de Contingencia de seis meses para procesar el backlog de más de 14.000 registros sanitarios pendientes y procedimientos farmacéuticos relacionados. La medida busca optimizar las capacidades de la Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos mediante ajustes procedimentales, diálogo directo con solicitantes y herramientas digitales. Para el lector colombiano, el dato práctico es que la disponibilidad de medicamentos peptídicos en el mercado depende de la velocidad con que el INVIMA procese estos registros, y la entrada de genéricos de semaglutida prevista para 2026-2027 tras la expiración de patente está directamente atada al funcionamiento del Plan de Contingencia.

Las cinco categorías de péptidos en el mercado colombiano

02.1 · Cosméticos peptídicos — legales con Notificación Sanitaria Obligatoria

Los péptidos tópicos formulados como ingredientes cosméticos están regulados en Colombia bajo el marco armonizado de la Comunidad Andina. La Decisión 516 CAN de 2002, modificada por la Decisión 705 CAN de 2008, sustituyó el sistema previo de registro sanitario por la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO), un mecanismo de notificación previa al inicio de comercialización que aplica automáticamente en los cuatro países andinos (Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia). La NSO obtenida en cualquier país miembro tiene reconocimiento automático en los demás, lo que facilita el flujo intra-andino de productos cosméticos.

La obligación del fabricante o importador en Colombia es triple: presentar la NSO ante INVIMA con la documentación técnica requerida (formulación cuali-cuantitativa, especificaciones de calidad, etiquetado, contraindicaciones), cumplir con la certificación de buenas prácticas de manufactura cosmética del fabricante (BPM cosméticas), y respetar las reglas sobre claims cosméticos y las listas de ingredientes restringidos o prohibidos que mantiene la Comunidad Andina actualizada.

Los péptidos cosméticos populares con presencia legal en el mercado colombiano incluyen Argireline (Acetyl Hexapeptide-8), Matrixyl (Palmitoyl Pentapeptide-4), GHK-Cu (Copper Tripeptide-1) en formato tópico, Snap-8 (Acetyl Octapeptide-3), Syn-Ake (Dipeptide Diaminobutyroyl Benzylamide Diacetate) y otros. Las marcas internacionales con presencia legal en Colombia están disponibles en cadenas de droguía como Cruz Verde, Cafam, Colsubsidio y La Rebaja Plus, y en cadenas de estética y dermo-cosmética. El límite estructural relevante es el peso molecular: la penetración cutánea efectiva de un péptido cae pronunciadamente por encima de 500 Da, lo que define la frontera entre cosmético realista y promesa de marketing.

La frontera regulatoria importante es que un cosmético no puede hacer claims de medicamento. Un sérum con GHK-Cu puede declarar «mejora la apariencia de la piel madura» pero no «trata la atrofia dérmica». Cruzar esa línea convierte el producto en medicamento de hecho, sujeto a INVIMA bajo el Decreto 677/95 y, sin registro sanitario específico, fraudulento conforme al artículo 2 del mismo decreto.

02.2 · Suplementos con péptidos — depende del péptido

Los suplementos dietários en Colombia están regulados por la Resolución 3096 de 2007 del Ministerio de la Protección Social y normativa complementaria. La definición colombiana de suplemento dietário es similar a la mexicana y argentina: producto destinado a complementar la dieta con nutrientes, no a tratar enfermedades. El régimen exige registro sanitario INVIMA bajo modalidad de suplemento dietário con número específico, cumplimiento de buenas prácticas de manufactura y etiquetado conforme a las normas colombianas específicas. Los claims terapéuticos están explícitamente prohibidos.

Los péptidos alimentarios clásicos — hidrolizado de colágeno, lactoferrina, proteínas hidrolizadas de leche, soja o guisante, péptidos derivados de fuentes con historial documentado de consumo — se comercializan como suplementos dietários con registro sanitario INVIMA en Colombia sin trabas regulatorias mayores. El mercado nacional e importado funciona con normalidad y está bien establecido.

El problema regulatorio aparece con los ingredientes peptídicos o pseudo-peptídicos asociados a longevidad, especialmente cuando se presentan en formato inyectable o con claims terapéuticos. La regla operativa fundamental para usted como lector colombiano es esta: la etiqueta «suplemento dietário» aplica legítimamente a productos orales, sublinguales o tópicos en su mayor parte. Si un producto se vende en vial liofilizado para reconstituir e inyectar, no es suplemento dietário bajo el marco colombiano; es medicamento de hecho, y si carece de registro sanitario INVIMA, es producto fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95. El NMN, urolitina A, fisetina, espermidina y demás «suplementos de longevidad» típicamente del e-commerce internacional viven en zona gris con enforcement variable; algunos tienen registro específico, otros se importan en regla y otros se mueven en mercado paralelo.

02.3 · Medicamentos peptídicos con registro INVIMA — legales con fórmula médica

El bloque más claro del marco colombiano y donde más ha cambiado el panorama en 2024-2025. Una lista consolidada de medicamentos peptídicos está inscrita en el registro sanitario INVIMA, se distribuye en establecimientos farmacéuticos autorizados y se dispensa con fórmula médica. La presencia del registro sanitario específico es la prueba documental básica de legalidad y se verifica directamente en el portal de consulta de registros sanitarios del INVIMA.

MoléculaMarcaRegistro INVIMAIndicación autorizada
SemaglutidaOzempic 1.34 mg/mL2019M-0019473Diabetes T2 (control glicémico)
Semaglutida 2.4 mgWegovy2024MBT-0000122Obesidad y sobrepeso con comorbilidad
TirzepatidaMounjaro (múltiples dosis)2025M-0021776 (2.5 mg), 2025M-0021778 (15 mg)Diabetes T2
LiraglutidaVictoza, SaxendaRegistros vigentesDiabetes T2 / Obesidad
DulaglutidaTrulicityRegistro vigenteDiabetes T2
OctreótidoSandostatin LAR y otrosRegistros vigentesAcromegalia, NETs
LanreótidoSomatuline AutogelRegistro vigenteAcromegalia, NETs
LeuprolideLupron Depot, Eligard, LutrateRegistros vigentesCáncer de próstata, endometriosis
GoserelinaZoladexRegistro vigenteCáncer hormono-dependiente
GlatiramerCopaxoneRegistro vigenteEsclerosis múltiple
Somatropina (GH)Saizen, Genotropin, Norditropin, OmnitropeRegistros vigentesDéficit de GH
InsulinasMúltiples presentacionesRegistros vigentesDiabetes

La dinámica activa actual del mercado colombiano peptídico está concentrada en el cluster GLP-1, con tres hitos regulatorios consecutivos. Primero, Ozempic (semaglutida 1.34 mg/mL) cuenta con registro sanitario INVIMA 2019M-0019473 desde 2019 a favor de NOVO NORDISK A/S como titular, con NOVO NORDISK COLOMBIA S.A.S. como importador. Su indicación autorizada es explícitamente diabetes mellitus tipo 2 como complemento a la dieta y el ejercicio en adultos que no han respondido satisfactoriamente a metformina. La condición de venta es bajo fórmula médica. Es importante subrayar: en Colombia el registro INVIMA del Ozempic no autoriza su uso para pérdida de peso en personas sin diabetes. El uso para obesidad sin diabetes es off-label bajo responsabilidad del médico prescriptor.

Segundo, Wegovy (semaglutida 2.4 mg) obtuvo registro sanitario INVIMA 2024MBT-0000122 bajo modalidad de medicamento biotecnológico (modalidad MBT) a favor de NOVO NORDISK COLOMBIA S.A.S. Es la primera vez que un GLP-1 con indicación específica de obesidad y sobrepeso con comorbilidad asociada llega al mercado colombiano con registro propio, separado de Ozempic. La aprobación marcó un cambio de fase regulatoria: hasta entonces, Wegovy se importaba puntualmente bajo régimen de uso compasivo o no estaba disponible legalmente.

Tercero, Mounjaro (tirzepatida) recibió registros sanitarios INVIMA 2025M-0021776 para la presentación de 2.5 mg/0.5 mL y 2025M-0021778 para la presentación de 15 mg/0.5 mL en 2025 a favor de ELI LILLY AND COMPANY. Otras dosis del esquema (5, 7.5, 10, 12.5 mg) figuran como «En estudio» en el portal de moléculas protegidas de INVIMA, lo que indica que están en proceso de registro. La indicación autorizada actual es diabetes mellitus tipo 2 como coadyuvante en el control de la glucosa; la indicación específica para obesidad no ha sido autorizada por INVIMA en mayo de 2026.

La patente de semaglutida empezó a expirar en marzo de 2026 en varios países (India, China, Brasil, Canadá). Para Colombia, la entrada de genéricos al mercado está prevista durante 2026-2027 conforme se completen los procesos de registro de bioequivalentes ante INVIMA por parte de los laboratorios locales y regionales, atados al avance del Plan de Contingencia de la Resolución 2025010547. Hasta que esos registros estén vigentes, las versiones «genéricas» o «compoundeadas» de semaglutida que circulan actualmente en Colombia por canales no autorizados son medicamentos sin registro sanitario y producto fraudulento conforme al Decreto 677/95.

02.4 · Fórmula magistral — muy restringida y bajo enforcement activo

La formulación magistral en Colombia está regulada principalmente por el Decreto 677/1995 (que define las preparaciones magistrales y oficinales) y por el Decreto 2200/2005 (sobre servicio farmacéutico). La regla crítica es que una farmacia o droguía colombiana puede formular legalmente con principios activos que cumplan al menos uno de tres requisitos: tener registro sanitario INVIMA como medicamento aprobado, figurar en la Farmacopea de los Estados Unidos USP o farmacopeas reconocidas, o estar autorizados por INVIMA por excepción con justificación clínica documentada. Adicionalmente, el establecimiento que prepara magistrales debe contar con certificación en Buenas Prácticas de Elaboración (BPE) emitida por INVIMA.

Los péptidos típicos del mercado RUO — BPC-157, TB-500, MOTs-c, Epitalon, Semax, Selank, KPV — no cumplen ninguno de los tres requisitos. Por tanto no pueden formularse legalmente como magistral en una farmacia colombiana, ni siquiera con fórmula médica individualizada.

El antecedente más comentado y mejor documentado de los últimos años es la alerta INVIMA sobre el producto «Semaglutida + Vitamina B12» en presentaciones de 1.5, 3.0 y 6.0 mg, comercializado por el establecimiento JUVENTUD ETERNA LABORATORIOS S.A.S. o J.E. LABORATORIOS S.A.S. bajo la apariencia de «preparación magistral para la pérdida de peso». INVIMA identificó que el establecimiento no contaba con certificación en buenas prácticas de elaboración, lo cual configura producto fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95. La alerta INVIMA reiteró que el único registro sanitario vigente para semaglutida en Colombia bajo la modalidad de importación y venta es OZEMPIC con registro 2019M-0019473, y a partir de 2024, Wegovy con 2024MBT-0000122. Cualquier «preparación magistral» con semaglutida fuera de esos dos registros es ilegal.

KRECE TIP

Si una clínica estética, un médico antiaging o un «laboratorio» le ofrece «preparación magistral de BPC-157», «fórmula magistral de semaglutida con vitamina B12», «mezcla personalizada de péptidos» o variaciones similares, hay un problema regulatorio identificable y documentable.

La pregunta útil que usted puede hacer al proveedor es directa: «¿Cuál es el registro sanitario INVIMA del principio activo? ¿El establecimiento que prepara tiene certificación vigente en Buenas Prácticas de Elaboración? ¿Me lo pueden mostrar para verificarlo en el portal de INVIMA?» Una farmacia magistral colombiana que opere correctamente puede responder a esa pregunta de inmediato. Si no pueden, el preparado está fuera del marco y usted queda fuera del paraguas de farmacovigilancia, sin recurso ante complicaciones clínicas y, dependiendo del caso, frente a una alerta sanitaria que el INVIMA pueda emitir — tal como hizo con J.E. Laboratorios.

02.5 · Péptidos sin registro sanitario — ilegales para uso humano y bajo alerta INVIMA

El bloque que cubrimos con detalle en el editorial KRECE sobre péptidos RUO y por qué la etiqueta no protege a nadie. La situación colombiana en síntesis: la importación o la compra doméstica de péptidos vendidos con disclaimer «Research Use Only», «No para consumo humano» o equivalente, destinados a uso humano declarado o inferido, configura comercialización de producto fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95. La etiqueta «Research Use Only» es un dispositivo legal del vendedor extranjero que no tiene reflejo regulatorio en el marco colombiano; INVIMA aplica el criterio de uso destinado para clasificar el producto.

El antecedente más reciente y mejor documentado es la Alerta Sanitaria INVIMA No. 95-2026 de abril de 2026, sobre la comercialización ilegal del producto Tirzepatida Inyectable 20 mg/2 mL, publicitado y comercializado en Colombia para uso estético a través de la red social Facebook por la cuenta «Productos para Estética – Casa Cavalier». INVIMA estableció que el producto no contaba con registro sanitario emitido por la autoridad competente, por lo que su comercialización en el país es ilegal y se considera fraudulento. La alerta recordó que el único registro vigente para tirzepatida en Colombia es Mounjaro con registros 2025M-0021776 y 2025M-0021778 a favor de Eli Lilly and Company, con indicación autorizada para diabetes tipo 2 (no para uso estético ni para obesidad).

El caso Casa Cavalier no es aislado. Forma parte de un patrón de enforcement INVIMA que en 2024-2026 ha producido al menos cuatro tipos de alerta documentada sobre el espacio peptídico colombiano. Primero, alertas sobre lotes falsificados de Ozempic identificados como LP6F832, MP5E511, NAR0074 y NP5G443, alineadas con la WHO Alerta 02-2024 sobre falsificación global de semaglutida. Segundo, la ya citada alerta sobre J.E. Laboratorios y la «preparación magistral» de semaglutida sin certificación BPE. Tercero, la alerta 95-2026 sobre Casa Cavalier. Cuarto, alertas adicionales sobre productos peptídicos y no peptídicos sin registro — NO PAIN NUMBING, XTERI-NUMB NO PAIN, ANTI PARONYCHIA RELIEF OIL y otros — que circulan por redes sociales con promesas terapéuticas o estéticas. El patrón INVIMA es consistente y replicable: identificar el producto, verificar la ausencia de registro sanitario, declarar la conducta fraudulenta conforme al artículo 2 del Decreto 677/95, emitir alerta pública y, dependiendo del caso, derivar a la Fiscalía General de la Nación para investigación penal bajo los artículos 372 a 374 del Código Penal sobre delitos contra la salud pública.

La importación personal de medicamentos sin registro sanitario vigente en Colombia está severamente restringida. A diferencia del esquema estadounidense de Personal Importation Policy de la FDA, INVIMA no opera una política equivalente que permita al ciudadano traer un suministro específico de un medicamento no aprobado. La excepción es la importación por régimen de uso vital no disponible o medicamento de uso compasivo bajo procedimiento específico INVIMA, que es un trámite formal individualizado con justificación médica documentada y aprobación caso a caso.

Cinco casos prácticos del lector colombiano

Los cinco casos que siguen reflejan las consultas reales más frecuentes que llegan al equipo editorial de KRECE desde lectores colombianos. Cada caso se cierra con respuesta inequívoca y referencia a la categoría regulatoria correspondiente de la sección 02.

Legal

«Quiero comprar un sérum con GHK-Cu para mejorar la piel del rostro. ¿Es legal en Colombia?»

Sí, sin problema. El GHK-Cu en formato tópico cosmético es ingrediente reconocido bajo el marco armonizado de la Comunidad Andina de Naciones. Lo que usted debe verificar en el producto: marca con Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) vigente ante INVIMA, etiquetado conforme a la Decisión 516 CAN, INCI completo, certificación de buenas prácticas de manufactura cosmética del fabricante, y claims dentro del marco cosmético (apariencia, hidratación, firmeza) sin promesas terapéuticas. Las marcas internacionales con presencia legal en Colombia incluyen NIOD Copper Amino Isolate Serum, The Ordinary Buffet + Copper Peptides, SkinCeuticals y otras, distribuidas en cadenas de droguía (Cruz Verde, Cafam, Colsubsidio, La Rebaja Plus) y en tiendas especializadas de cosmética avanzada. La diferencia con el GHK-Cu inyectable es absoluta: el tópico cosmético es legal con cumplimiento regulatorio; la versión inyectable no tiene registro sanitario INVIMA y constituye producto fraudulento conforme al Decreto 677/95.

No legal

«Tengo una lesión crónica de codo de tenista y vi en Instagram que un ‘coach de bienestar’ en Bogotá vende BPC-157 inyectable bajo ‘protocolo personalizado’. ¿Puedo comprarlo?»

No. BPC-157 no tiene registro sanitario INVIMA como medicamento, no figura en farmacopeas reconocidas con indicación clínica para uso humano, no es ingrediente cosmético autorizado bajo la Decisión 516 CAN, y no califica como suplemento dietário bajo la Resolución 3096/2007. La compra a un «coach de bienestar» o influencer bogotano configura adquisición de producto fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95. El vendedor, dependiendo de la escala, puede estar configurando delito contra la salud pública del Código Penal artículos 372 a 374, con derivación posible a la Fiscalía General de la Nación — el INVIMA tiene un patrón consistente de alertar primero y, cuando el caso lo amerita, derivar a la justicia. La vía legítima para el problema clínico de fondo es ortopedista o médico deportivólogo con prescripciones convencionales documentadas: fisioterapia bien indicada, infiltración con plasma rico en plaquetas (PRP) en clínica autorizada, infiltración corticoidea cuando aplica, biológicos de prescripción hospitalaria si la indicación encaja, cirugía cuando está indicada.

Legal con fórmula médica

«Quiero Ozempic o Wegovy para bajar de peso. ¿Cómo se consigue legalmente en Colombia?»

Con consulta médica y fórmula médica. La marca con indicación autorizada específicamente para obesidad y sobrepeso con comorbilidad asociada es Wegovy (semaglutida 2.4 mg), con registro sanitario INVIMA 2024MBT-0000122 a favor de NOVO NORDISK COLOMBIA S.A.S. Es la opción correcta cuando el objetivo es pérdida de peso. Ozempic (semaglutida 1.34 mg/mL) tiene registro sanitario INVIMA 2019M-0019473 con indicación autorizada exclusivamente para diabetes mellitus tipo 2; la prescripción para obesidad sin diabetes es uso off-label, queda bajo responsabilidad del médico prescriptor y técnicamente no es lo que el registro autoriza — el INVIMA ha sido explícito en este punto en múltiples alertas. Ambos son de venta bajo fórmula médica en establecimientos farmacéuticos autorizados; los precios de referencia se consultan en cadenas de droguía como Cruz Verde, Cafam, Colsubsidio o La Rebaja Plus y varían con frecuencia. Si le ofrecen Ozempic o Wegovy en Facebook, Instagram, Mercado Libre, mensajería privada o cualquier canal sin trazabilidad verificable, no compre — INVIMA ha documentado lotes falsificados (LP6F832, MP5E511, NAR0074, NP5G443) alineados con la WHO Alerta 02-2024. Los genéricos de semaglutida están previstos para entrar al mercado colombiano durante 2026-2027.

Alerta INVIMA documentada

«Vi en Facebook que en ‘Casa Cavalier’ venden tirzepatida 20 mg inyectable para uso estético. ¿Es legítimo?»

No. Este caso específico fue objeto de la Alerta Sanitaria INVIMA No. 95-2026 de abril de 2026, una de las alertas peptídicas más recientes y mejor documentadas del INVIMA. La autoridad estableció explícitamente que el producto Tirzepatida Inyectable 20 mg/2 mL publicitado y comercializado por la cuenta de Facebook «Productos para Estética – Casa Cavalier» no cuenta con registro sanitario emitido por la autoridad competente, por lo que su comercialización en el país es ilegal y se considera fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95. La única tirzepatida con registro sanitario INVIMA en Colombia es Mounjaro (registros 2025M-0021776 y 2025M-0021778) a favor de Eli Lilly and Company, con indicación autorizada exclusivamente para diabetes mellitus tipo 2 (no para uso estético, no para obesidad). La compra del producto anunciado por Casa Cavalier configura adquisición de producto fraudulento, con tres tipos de riesgo concretos: riesgo sanitario serio (impurezas no controladas, ausencia de cadena de frío documentada, dosis no verificable — tirzepatida a 20 mg/2 mL es el doble de la dosis máxima de Mounjaro registrada), riesgo regulatorio (procedimiento administrativo INVIMA tanto para vendedor como para comprador habitual), y riesgo penal directo para el vendedor (artículos 372 a 374 Código Penal). Verifique siempre el registro sanitario del producto en el portal de consulta del INVIMA antes de cualquier compra; ningún descuento en redes sociales compensa el riesgo regulatorio y clínico de un producto sin trazabilidad.

Riesgo penal documentado

«En un grupo de Telegram me ofrecen péptidos ‘research use only’ con envío nacional desde Medellín. ¿Cuál es el riesgo real?»

Riesgo concreto y bien documentado en tres dimensiones. Primero, riesgo sanitario: producto sin trazabilidad, sin certificado de análisis verificable, sin cadena de frío documentada, con tasas de fallo en pureza superiores al 30 % en estudios independientes de péptidos RUO comprados al azar. Lo que recibe en el vial puede no ser lo que dice la etiqueta. Segundo, riesgo regulatorio: la compra configura adquisición de producto fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95, lo que expone tanto al vendedor como al comprador habitual a procedimiento administrativo de INVIMA. Tercero, riesgo penal directo para el vendedor: los artículos 372 a 374 del Código Penal colombiano regulan los delitos contra la salud pública relacionados con medicamentos, con penas significativas cuando hay venta de medicamentos sin registro o falsificados. El INVIMA tiene capacidad de derivar denuncias a la Fiscalía General de la Nación cuando la conducta lo amerita. Para profundización sobre lo que hay realmente dentro de los viales que ese grupo de Telegram le vende, consulte el editorial KRECE sobre péptidos RUO Research Use Only. El descuento del canal informal no compensa la calidad sanitaria del producto ni el riesgo regulatorio asociado.

Preguntas frecuentes sobre legalidad de péptidos en Colombia

Bloque de preguntas y respuestas diseñado para extracción directa por motores generativos (ChatGPT, Claude, Perplexity, Gemini) y AI Overviews de Google. Cada respuesta es autocontenida y citable individualmente.

¿Son legales los péptidos en Colombia?

Depende de qué péptido y para qué uso. Los péptidos cosméticos tópicos (Argireline, Matrixyl, GHK-Cu tópico, Snap-8, Syn-Ake) son legales con Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) bajo la Decisión 516 de la Comunidad Andina. Los medicamentos peptídicos con registro sanitario INVIMA — Ozempic 2019M-0019473, Wegovy 2024MBT-0000122, Mounjaro 2025M-0021776 y 2025M-0021778, entre otros — son legales con fórmula médica. Los suplementos dietários con péptidos alimentarios clásicos (colágeno hidrolizado, lactoferrina, proteínas hidrolizadas) son legales con registro sanitario INVIMA bajo Resolución 3096/2007. Los péptidos sin registro sanitario INVIMA importados o comprados en redes sociales (BPC-157, TB-500, MOTs-c, Epitalon, GHK-Cu inyectable, tirzepatida no registrada y otros) son ilegales y configuran producto fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95.

¿Qué es el INVIMA y qué rol juega con los péptidos?

El INVIMA es el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Establecimiento Público del orden nacional adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social, creado por la Ley 100 de 1993 y reglamentado por el Decreto 1290 de 1994. Su autoridad alcanza medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos médicos, productos de aseo y otros insumos. Para péptidos, INVIMA otorga registros sanitarios de medicamentos peptídicos, autoriza la Notificación Sanitaria Obligatoria para cosméticos con péptidos, registra suplementos dietários, certifica establecimientos farmacéuticos con Buenas Prácticas de Elaboración, y emite alertas sanitarias sobre productos sin registro como la Alerta No. 95-2026 de abril de 2026 sobre tirzepatida vendida en Facebook por Casa Cavalier.

¿Necesito fórmula médica para comprar Ozempic en Colombia?

Sí. Ozempic (semaglutida 1.34 mg/mL) cuenta con registro sanitario INVIMA 2019M-0019473 desde 2019, a favor de Novo Nordisk A/S como titular y Novo Nordisk Colombia S.A.S. como importador. Está clasificado como venta bajo fórmula médica, con base en el artículo 2 del Decreto 677/95 y normativa concordante. La indicación autorizada es exclusivamente diabetes mellitus tipo 2 como complemento a la dieta y el ejercicio en adultos que no han respondido satisfactoriamente a metformina. La compra en redes sociales, Mercado Libre, Telegram, WhatsApp o canales informales sin trazabilidad configura riesgo doble: adquisición de medicamento sin registro o falsificado (INVIMA ha documentado lotes falsificados LP6F832, MP5E511, NAR0074, NP5G443), y exposición a procedimiento administrativo de INVIMA.

¿Es legal comprar BPC-157 en Colombia?

No. BPC-157 no tiene registro sanitario INVIMA como medicamento, no figura en farmacopeas reconocidas con indicación clínica para uso humano, no es ingrediente cosmético autorizado bajo la Decisión 516 CAN, y no califica como suplemento dietário bajo la Resolución 3096/2007. La importación personal o la compra doméstica de BPC-157 etiquetado como Research Use Only desde web internacional o desde tiendas en línea colombianas, destinada a uso humano declarado o inferido, configura adquisición de producto fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95. La fórmula magistral en farmacia colombiana tampoco es vía de regularización porque el principio activo no cumple los requisitos del marco magistral colombiano (registro sanitario INVIMA, Farmacopea de los Estados Unidos USP o farmacopea reconocida, o autorización INVIMA por excepción).

¿Qué es la Alerta Sanitaria INVIMA No. 95-2026?

La Alerta Sanitaria INVIMA No. 95-2026 de abril de 2026 advierte sobre la comercialización ilegal del producto Tirzepatida Inyectable 20 mg/2 mL, publicitado y comercializado en Colombia para uso estético a través de la red social Facebook por la cuenta «Productos para Estética – Casa Cavalier». INVIMA estableció explícitamente que el producto no cuenta con registro sanitario emitido por la autoridad competente, por lo que su comercialización en el país es ilegal y se considera fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95. La única tirzepatida con registro sanitario INVIMA en Colombia es Mounjaro de Eli Lilly and Company (registros 2025M-0021776 y 2025M-0021778), con indicación autorizada exclusivamente para diabetes mellitus tipo 2.

¿Wegovy está aprobado en Colombia?

Sí. Wegovy (semaglutida 2.4 mg en pluma precargada) cuenta con registro sanitario INVIMA 2024MBT-0000122 a favor de Novo Nordisk Colombia S.A.S., otorgado en 2024 bajo modalidad de medicamento biotecnológico (MBT). La indicación autorizada es obesidad y sobrepeso con al menos una comorbilidad asociada al peso. La condición de venta es bajo fórmula médica. Antes de obtener este registro, Wegovy se importaba puntualmente bajo régimen de uso compasivo o no estaba disponible legalmente en Colombia — algunas alertas y comunicados de INVIMA de 2023 todavía reflejan ese estado previo y están desactualizados.

¿Mounjaro está aprobado en Colombia?

Sí, parcialmente. Mounjaro (tirzepatida) recibió registros sanitarios INVIMA en 2025 para las presentaciones de 2.5 mg/0.5 mL (registro 2025M-0021776) y 15 mg/0.5 mL (registro 2025M-0021778) a favor de Eli Lilly and Company. Otras dosis del esquema (5, 7.5, 10 y 12.5 mg) figuran como «En estudio» en el portal de moléculas protegidas del INVIMA, lo que indica que están en proceso de registro. La indicación autorizada para las dosis ya registradas es diabetes mellitus tipo 2 como coadyuvante en el control de la glucosa, junto con dieta y ejercicio. La indicación específica para obesidad (que en Estados Unidos se autoriza bajo la marca Zepbound) no ha sido autorizada por INVIMA en mayo de 2026.

¿Qué es el Plan de Contingencia INVIMA de la Resolución 2025010547?

La Resolución 2025010547 del 19 de marzo de 2025 implementó un Plan de Contingencia de seis meses del INVIMA para procesar el backlog de más de 14.000 registros sanitarios pendientes y procedimientos farmacéuticos relacionados. La medida busca optimizar las capacidades de la Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos mediante ajustes procedimentales, diálogo directo con solicitantes para resolver eficientemente problemas de documentación, y adopción de herramientas digitales para mejorar la comunicación. Para el mercado peptídico colombiano, el Plan de Contingencia condiciona la velocidad con que entrarán nuevos medicamentos al mercado, incluyendo los genéricos de semaglutida previstos para 2026-2027 tras la expiración de patente.

¿Una farmacia colombiana puede preparar BPC-157 por fórmula magistral?

No. El Decreto 677/1995 y el Decreto 2200/2005 sobre servicio farmacéutico limitan la formulación magistral en Colombia a principios activos que cumplan al menos uno de tres requisitos: tener registro sanitario INVIMA como medicamento aprobado, figurar en farmacopeas reconocidas con indicación clínica, o estar autorizados por INVIMA por excepción con justificación clínica documentada. Adicionalmente, el establecimiento preparador debe contar con certificación vigente en Buenas Prácticas de Elaboración (BPE). BPC-157, TB-500, MOTs-c, Epitalon, Semax, Selank y los péptidos típicos del mercado RUO no cumplen ninguno de los tres. El caso más comentado fue la alerta INVIMA sobre J.E. Laboratorios comercializando «Semaglutida + Vitamina B12» como preparación magistral sin certificación en BPE, declarado fraudulento por INVIMA.

¿Cuándo llegan los genéricos de semaglutida a Colombia?

La patente de semaglutida empezó a expirar en marzo de 2026 en varios países (India, China, Brasil, Canadá). Para Colombia, la entrada de genéricos al mercado está prevista durante 2026-2027 conforme se completen los procesos de registro de bioequivalentes ante INVIMA, atados al avance del Plan de Contingencia de la Resolución 2025010547. Cada fabricante deberá obtener su propio registro sanitario específico demostrando bioequivalencia con el producto innovador. Hasta que esos registros estén vigentes, las versiones «genéricas» o «compoundeadas» de semaglutida que circulan actualmente por canales no autorizados son medicamentos sin registro sanitario y producto fraudulento.

Posición de KRECE

El INVIMA tiene un patrón claro de enforcement — identificar, alertar, derivar — y la Alerta 95-2026 sobre Casa Cavalier es la prueba más reciente. La pregunta «son legales los péptidos en Colombia» admite cinco respuestas distintas, no una.

Cosméticos peptídicos: legales con Notificación Sanitaria Obligatoria. El marco andino armonizado es de los más eficientes del continente para esta categoría.
Argireline, Matrixyl, GHK-Cu tópico, Snap-8, Syn-Ake y otros operan bajo la Decisión 516 CAN con reconocimiento automático entre Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia. INVIMA controla la NSO y emite alertas cuando el producto carece de notificación. El consumidor colombiano tiene acceso amplio al espacio cosmético peptídico avanzado a través de cadenas de droguía y tiendas dermo-cosméticas con marcas internacionales legalmente importadas.
Medicamentos peptídicos con registro INVIMA: legales con fórmula médica. 2024-2025 fue un período de aceleración del catalog GLP-1 colombiano.
Ozempic 2019M-0019473 desde 2019 para diabetes T2. Wegovy 2024MBT-0000122 en 2024 abrió el camino para obesidad. Mounjaro 2025M-0021776 y 2025M-0021778 en 2025 añadió tirzepatida para diabetes T2. La diferencia con el producto comprado en Facebook no es matiz: es registro sanitario INVIMA verificable, condición de venta específica bajo fórmula médica, importador identificable, control de calidad y farmacovigilancia. La llegada de genéricos de semaglutida en 2026-2027 depende de la velocidad del Plan de Contingencia INVIMA.
Péptidos sin registro INVIMA: ilegales para uso humano. El artículo 2 del Decreto 677/95 los declara fraudulentos y el INVIMA lo aplica.
La Alerta INVIMA No. 95-2026 sobre «Casa Cavalier» vendiendo tirzepatida 20 mg/2 mL en Facebook para uso estético es la prueba más reciente y documentada. Antes, la alerta sobre J.E. Laboratorios con «Semaglutida + Vitamina B12» fraudulenta. Antes, las alertas sobre lotes falsificados de Ozempic (LP6F832, MP5E511, NAR0074, NP5G443) alineadas con WHO Alerta 02-2024. El patrón INVIMA es consistente y replicable: identificar el producto, verificar la ausencia de registro, declarar fraudulento conforme al Decreto 677/95, emitir alerta pública y, cuando aplica, derivar a la Fiscalía General de la Nación bajo los artículos 372 a 374 del Código Penal.
La fórmula magistral colombiana no admite péptidos RUO. El marco es claro y el INVIMA lo defiende.
El Decreto 677/1995 y el Decreto 2200/2005 limitan la formulación magistral a principios activos con registro sanitario INVIMA, farmacopea reconocida, o autorización por excepción. Ninguno de los péptidos populares del mercado RUO — BPC-157, TB-500, MOTs-c, Epitalon, Semax, Selank, KPV — cumple ninguno de los tres requisitos. El establecimiento que prepara magistrales debe contar además con certificación vigente en Buenas Prácticas de Elaboración. Una farmacia o «laboratorio» colombiano que ofrece «fórmula magistral de BPC-157» o equivalentes está en irregularidad regulatoria documentable.
El criterio limpio para 2026 está en cosmética con NSO andina, medicamento INVIMA con fórmula médica y fundamento médico sólido. No en Facebook. No en mensajería privada. No en Casa Cavalier.
La dirección regulatoria colombiana 2024-2026 ha sido inequívoca: registro de Wegovy ampliando opciones legales para obesidad, registro de Mounjaro acelerando catalog GLP-1, alertas sanitarias activas sobre productos sin registro vendidos en redes (Alerta 95-2026 Casa Cavalier, alerta J.E. Laboratorios, alertas sobre lotes falsificados de Ozempic), Plan de Contingencia INVIMA para procesar backlog regulatorio. El espacio que crece está en cosmética con péptidos bajo marco andino, en medicamentos peptídicos con registro INVIMA, en la próxima entrada de genéricos de semaglutida durante 2026-2027 atada al Plan de Contingencia, y en el cuidado del fundamento metabólico-inflamatorio que el lector busca tratar — un encuadre que cubrimos con detalle en el cornerstone KRECE sobre inflammaging y envejecimiento. KRECE no participa en el modelo RUO, no recomienda compras informales por redes sociales para conseguir medicamentos sin trazabilidad, y advierte al lector colombiano que en su jurisdicción el INVIMA tiene un patrón de enforcement documentado y creciente. La accesibilidad operativa del producto en Facebook o Telegram no es prueba de su legalidad. Casa Cavalier ya está alertada. La siguiente cuenta también lo estará.
Disclaimer clínico y regulatorio

Este artículo es contenido editorial de análisis del marco regulatorio colombiano aplicable a péptidos. No sustituye al criterio médico individualizado ni al asesoramiento legal específico. Las decisiones sobre prescripción, importación o uso de cualquier producto peptídico corresponden al médico tratante con tarjeta profesional vigente y, en su caso, a la asesoría regulatoria de la jurisdicción aplicable. La normativa puede modificarse: las referencias se consideran vigentes a fecha 25 de mayo de 2026. La entrada de genéricos de semaglutida prevista para 2026-2027 modificará la dinámica de precios y acceso del mercado peptídico GLP-1 en Colombia. KRECE no recomienda ni facilita la importación ni la compra doméstica de péptidos sin registro sanitario INVIMA destinados a uso humano en territorio colombiano y advierte que la conducta configura producto fraudulento conforme al artículo 2 del Decreto 677/95, con posible derivación a la Fiscalía General de la Nación en los casos correspondientes.

Referencias
  1. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA). Portal oficial. www.invima.gov.co.
  2. Decreto 677 de 1995. Por el cual se reglamenta parcialmente el Régimen de Registros y Licencias, el Control de Calidad, así como el Régimen de Vigilancia Sanitaria. Diario Oficial.
  3. Decreto 1782 de 2014. Medicamentos biológicos.
  4. Decreto 219 de 1998. Procedimientos cosméticos.
  5. Decreto 3554 de 2006. Control de calidad de cosméticos.
  6. Decreto 2200 de 2005. Servicio farmacéutico.
  7. Decisión 516 de 2002 de la Comunidad Andina. Armonización de Legislaciones en materia de Productos Cosméticos.
  8. Decisión 705 de 2008 de la Comunidad Andina. Modificación de la Decisión 516.
  9. Resolución 3096 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Registro sanitario de suplementos dietários.
  10. Resolución INVIMA 2025010547 del 19 de marzo de 2025. Plan de Contingencia para registros sanitarios pendientes.
  11. Resolución 2025067543 del 22 de diciembre de 2025. Tarifas INVIMA 2026.
  12. Alerta Sanitaria INVIMA No. 95-2026. Tirzepatida Inyectable 20 mg/2 mL comercializada para uso estético por «Productos para Estética – Casa Cavalier». Abril 2026.
  13. Alerta Sanitaria INVIMA sobre «Semaglutida + Vitamina B12» del establecimiento JUVENTUD ETERNA LABORATORIOS S.A.S. / J.E. LABORATORIOS S.A.S. como preparación magistral fraudulenta.
  14. Alerta Sanitaria INVIMA sobre lotes falsificados de Ozempic (LP6F832, MP5E511, NAR0074, NP5G443).
  15. Ozempic 1.34 mg/mL Solución Inyectable. Registro sanitario INVIMA 2019M-0019473. Novo Nordisk A/S titular; Novo Nordisk Colombia S.A.S. importador.
  16. Wegovy 2.4 mg/dosis Solución inyectable en pluma precargada. Registro sanitario INVIMA 2024MBT-0000122. Novo Nordisk Colombia S.A.S.
  17. Mounjaro Tirzepatida 2.5 mg/0.5 mL. Registro sanitario INVIMA 2025M-0021776. Eli Lilly and Company.
  18. Mounjaro 15 mg/0.5 mL Solución Inyectable. Registro sanitario INVIMA 2025M-0021778. Eli Lilly and Company.
  19. World Health Organization. Medical Product Alert N°02/2024: Falsified semaglutide.
  20. Código Penal de Colombia. Artículos 372 a 374 (delitos contra la salud pública).
  21. Ley 100 de 1993. Sistema de Seguridad Social en Salud.
  22. Decreto 1290 de 1994. Creación del INVIMA.
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