Decenas de goteros idénticos sin etiqueta alineados en un banco de laboratorio improvisado y en penumbra, representando el mercado gris ilegal de los SARM en España.
MARCO REGULATORIO · 23 Jun 2026

¿Son legales los SARM en España?

¿Son legales los SARM en España? La AEMPS no los autoriza: venderlos o fabricarlos es delito contra la salud pública. Qué dice la ley y qué pasa en el deporte.

Estado
Venta no autorizada
Claridad legal
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Seguridad del producto
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Marco Regulatorio

La pregunta tiene una respuesta corta y otra larga. La corta: no. Ningún SARM está autorizado en España, y venderlos, fabricarlos o anunciarlos es delito. La larga explica por qué, qué pasa si los usas y por qué siguen vendiéndose en goteros como si nada.

La clave está en una sola palabra. La AEMPS no trata los SARM como suplementos: los cataloga como medicamentos en experimentación. Y un medicamento que no ha superado la evaluación que exige la ley no se puede comercializar. Ninguno la ha superado, así que el mercado entero opera fuera de la ley.

No es un vacío legal ni una zona ambigua: es un delito contra la salud pública, y la Guardia Civil ya ha desmantelado redes que los distribuían. Aquí tienes el marco completo: qué dice la ley, qué conducta es delito y cuál no, qué pasa en el deporte y cómo funciona el mercado gris que sigue vivo.

Conviene separar tres preguntas que la gente mezcla. Una: ¿están autorizados? No. Dos: ¿qué conductas son delito? Las de la cadena de venta, no necesariamente el uso personal. Tres: ¿qué pasa en el deporte? Son dopaje, con sanción y delito propio. Este artículo responde las tres por separado, porque la respuesta no es la misma.

Y como hay quien los compra creyendo que un gotero de una web es legal porque «se vende», el tratamiento es de tema sensible: separamos lo que dice la norma de lo que hace el mercado. Esto es información legal divulgativa, no asesoramiento jurídico ni médico, y desde luego no es un empujón para comprar nada.

En breve Lectura 30 s
  • AEMPS · oficial

    La AEMPS cataloga los SARM como medicamentos en experimentación: su distribución y venta no está autorizada en España.

  • 0 autorizados

    Ni la AEMPS ni la EMA han aprobado ningún SARM como medicamento; el más avanzado sigue sin aprobarse tras dos décadas.

  • Art. 361 CP · delito

    Fabricar, importar, vender o anunciar SARM es delito contra la salud pública (prisión de 6 meses a 3 años); a deportistas, delito de dopaje.

  • Coartada · no legaliza

    El «no apto para consumo humano» es una coartada, no una vía legal: no cambia el estatus del producto ni autoriza su venta.

VeredictoComprarlos o venderlos en España no es legal, y usarlos no está ni regulado ni garantizado. La respuesta informada es no.

En España no son un suplemento: son medicamentos en experimentación, y eso lo decide todo.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) cataloga los SARM como medicamentos en experimentación, no como complementos alimenticios ni como productos de consumo. Esa etiqueta es la que fija su estatus legal, y es la primera frase que aparece en los comunicados oficiales cuando la policía desmantela una red: un medicamento en investigación que no tiene autorización no se puede distribuir ni vender. Todo lo demás se deduce de ahí.

Medicamento, no complemento alimenticio

El truco comercial más común es presentarlos como si fueran un suplemento deportivo más, al lado de la creatina o la proteína. No lo son. Un complemento alimenticio es un alimento; un SARM es una molécula diseñada para actuar sobre el receptor de andógenos con efecto farmacológico. La ley lo trata como lo que es, un medicamento, y un medicamento necesita una autorización de comercialización para venderse. Esa diferencia, suplemento frente a medicamento, es la línea que separa la legalidad de la calle.

Ni un solo SARM autorizado

El dato que cierra la cuestión: en 2026 ningún SARM tiene autorización de comercialización en España ni en la Unión Europea. La Agencia Europea de Medicamentos (EMA) no ha aprobado ninguno, y la AEMPS, que aplica ese marco, tampoco. El más avanzado en investigación clínica, el enobosarm, sigue sin aprobarse después de unos veinte años de ensayos, como detallamos en la guía de qué son los SARM y qué dice la evidencia. No hay, por tanto, una vía legal de venta: no existe el producto autorizado que la haga posible.

Por qué lo decide la palabra «autorización»

En el medicamento, la legalidad no depende de si la sustancia es «buena» o «mala», sino de si tiene autorización. Un fármaco aprobado se vende con receta y control; uno sin aprobar no se vende, punto. Como los SARM están en la casilla de «medicamento en investigación sin autorización», cualquier eslabón que los ponga en el mercado, fabricar, importar, distribuir, vender, choca de frente con la norma. Es el mismo marco que rige a los péptidos en España, con un agravante: los SARM cargan además con la etiqueta de dopaje.

Vender, fabricar, importar o anunciarlos es delito contra la salud pública.

El Código Penal castiga a quien fabrique, importe, suministre, intermedie, comercialice, ofrezca o almacene para la venta medicamentos sin la autorización exigida, incluidos expresamente los medicamentos en investigación, cuando con ello se genera un riesgo para la salud (artículo 361). Los SARM encajan en esa redacción palabra por palabra. No hablamos de una multa administrativa: es un delito contra la salud pública, con pena de prisión de seis meses a tres años, multa e inhabilitación.

Mano con guante sostiene un gotero sin etiqueta ante el brillo de una pantalla, representando la venta de SARM por redes sociales en España.
El canal típico de venta: goteros sin etiqueta ofrecidos por redes sociales y webs, fuera de la farmacia y de cualquier control de la AEMPS.

La cadena de suministro, en el punto de mira

El artículo 361 no persigue solo al fabricante: alcanza a toda la cadena, quien importa, elabora, almacena, distribuye o vende. Por eso una red entera puede caer de golpe. El patrón que describen las operaciones policiales es siempre el mismo: se compra el principio activo en polvo en países con menos control, se mezcla con excipientes en un laboratorio casero, se envasa en goteros y se distribuye. Cada uno de esos pasos es, por separado, una conducta típica del delito.

Anunciarlos por internet también cuenta

La promoción no queda fuera. El artículo 361 bis castiga la difusión por internet o redes de contenidos destinados a promover el consumo de sustancias dañinas, y la pena se agrava cuando se dirige a menores o a colectivos vulnerables, o cuando se hace a gran escala. El modelo habitual, perfiles de entrenadores y culturistas que promocionan los goteros «para rendir más», entra de lleno en ese terreno. Anunciar no es una zona gris: es parte del delito.

¿Y usarlos o tenerlos para uno mismo?

Aquí conviene ser preciso para no exagerar. El delito del artículo 361 apunta a la cadena de suministro, no al consumidor final: usar o poseer una pequeña cantidad para uso personal no es, en sí mismo, ese delito. Pero eso no significa que sea buena idea ni que esté «permitido»: el producto no está regulado, no hay garantía de qué contiene, comprarlo alimenta un mercado criminal y, si compites, es dopaje. La ausencia de delito en el uso no equivale a seguridad ni a legalidad de la compra.

En el deporte son dopaje, con sanción deportiva y delito propio.

Los SARM figuran en la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), dentro de los agentes anabolizantes (sección S1.2), prohibidos en todo momento, dentro y fuera de competición. En España, la Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte aplica esa lista, y la propia desarticulación de la primera red de SARM se hizo con su colaboración técnica.

Prohibidos siempre, no solo en competición

A diferencia de otras sustancias que solo se vetan en competición, los SARM están prohibidos en todo momento. Un control positivo conlleva sanción deportiva, típicamente una suspensión. Para un deportista federado, dar positivo por un SARM tiene las mismas consecuencias que dar positivo por un esteroide anabolizante clásico: la vía «alternativa y sin efectos secundarios» que vende el marketing no existe a ojos del reglamento antidopaje.

Suministrarlos a deportistas es delito

Hay un delito específico para esto. El artículo 362 quinquies del Código Penal castiga con prisión de seis meses a dos años a quien, sin justificación terapéutica, prescriba, proporcione o suministre a deportistas sustancias prohibidas para aumentar su rendimiento poniendo en peligro su salud. No es necesario competir a alto nivel: la norma cubre también al deportista aficionado y al que practica por recreo. Suministrar SARM a un compañero de gimnasio puede ser, por tanto, un delito de dopaje.

El aficionado también entra

Es un matiz que mucha gente pasa por alto: la protección penal frente al dopaje no se limita al deporte profesional. Quien facilita estas sustancias en un entorno amateur, un entrenador personal, un monitor, un «amigo del gimnasio», puede incurrir en el mismo delito. La popularidad de los SARM en circuitos de gimnasio no los saca del marco antidopaje: lo confirma.

El mercado existe, opera en abierto y los tribunales ya han actuado.

Que sean ilegales no significa que no se vendan: se ofrecen en goteros por redes sociales y webs, con la etiqueta «no apto para consumo humano» o «solo para investigación» como coartada. Esa coartada no los legaliza, y las fuerzas de seguridad ya han desmantelado en España redes que operaban exactamente así. El mercado gris no es una hipótesis: tiene nombres, incautaciones y procedimientos judiciales.

La cadena del mercado gris de los SARM El principio activo en polvo se importa de terceros países, se mezcla en un laboratorio clandestino, se envasa en goteros, se vende por redes sociales y llega al usuario de gimnasio. Toda la cadena es delito contra la salud pública. Cómo funciona el mercado gris (y por qué toda la cadena es delito) Polvo importado China, Bulgaria, Turquía Laboratorio clandestino Envasado en goteros Venta online redes y web Usuario gimnasio delito contra la salud pública (art. 361 CP) zona gris Patrón descrito en la Operación Sahagún-Arán: importar, mezclar, envasar y vender.
La cadena del mercado gris de los SARM. Importar el principio activo, mezclarlo en un laboratorio clandestino, envasarlo en goteros y venderlo por redes son, cada paso, delito contra la salud pública (art. 361 CP). El uso personal queda en una zona gris.

Operación Sahagún-Arán: la primera red caída

En 2023, la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, en una operación conjunta con la Policía Nacional, desmanteló la primera red criminal en España dedicada a la importación, fabricación y distribución de SARM [1]. Importaban el principio activo en polvo, lo mezclaban en un laboratorio de la provincia de Granada y lo distribuían en goteros a través de una web y de redes sociales. Se incautaron unos 15.000 envases preparados, tapones con gotero y maquinaria de mezclado y llenado, todo valorado en torno a 870.000 euros. La operación, dirigida por un juzgado de Mataró, contó con la colaboración de la Comisión Española para la Lucha Antidopaje. El comunicado oficial fue tajante: los SARM son medicamentos en experimentación y su distribución y venta no está autorizada.

IberoSarm y la persistencia del problema

El problema no se cerró con aquella operación. Un reportaje de El Mundo de junio de 2026 [6] documenta el desmantelamiento de una red bajo la marca IberoSarm, que habría facturado 1,7 millones de euros vendiendo SARM en goteros a través de redes sociales con una agresiva estrategia de marketing. Según ese reportaje, la mecánica era la de siempre, importar polvo, mezclar y envasar, lo que confirma que el mercado gris sigue activo y rentable pese a la persecución. El patrón se repite porque la demanda de gimnasio no ha desaparecido.

El truco de la etiqueta «solo investigación»

El comodín legal del sector es vender los goteros con la leyenda «no apto para consumo humano» o «solo para investigación» (research use only). La idea es fingir que se vende un reactivo de laboratorio y no un medicamento, para esquivar la responsabilidad. No funciona: esa etiqueta no convierte un medicamento no autorizado en algo legal de vender, ni cambia su naturaleza si todo el contexto, el marketing, el formato en gotero, los canales, apunta al consumo humano. Es exactamente el mismo subterfugio que la FDA persigue en Estados Unidos, descrito en la guía para evaluar un proveedor del mercado gris.

Caso a caso: qué es legal, qué es delito y qué consecuencia tiene.

La legalidad depende de la conducta, no solo de la sustancia. No es lo mismo usar que vender, ni vender que anunciar, ni nada de eso que dárselo a un deportista. Esta tabla resume el mapa completo para que cada quien sitúe su caso sin equívocos.

SARM en España: qué conducta es legal y cuál es delito, auditado por krece.io
Conducta¿Es legal?Base legalConsecuencia
Usar o poseer para uso personalZona grisNo es el delito del art. 361Sin garantías; si compites, dopaje
Comprar o importar para uso personalNo autorizadoControl sanitario y aduaneroRiesgo de incautación; alimenta un mercado ilegal
Vender o distribuirDelitoArt. 361 CPPrisión 6 meses a 3 años, multa, inhabilitación
Fabricar o importar para venderDelitoArt. 361 CP (agravado en grupo)Prisión y agravantes por organización
Anunciar o promocionar onlineDelitoArt. 361 bis CPHasta 3 años; agravado si hay menores
Suministrarlos a deportistasDelito de dopajeArt. 362 quinquies CPPrisión 6 meses a 2 años e inhabilitación

La línea que más confusión genera es la del uso personal: no ser el delito del art. 361 no significa que comprar sea legal ni que el producto sea seguro. Sigue siendo un medicamento no autorizado comprado a un mercado criminal.

¿Puedo comprarlos «para investigación»?

No como atajo legal para un particular. La etiqueta de research use only está pensada para reactivos en entornos de investigación acreditados, no para que un consumidor compre un gotero y lo ingiera. Comprarlos así no te protege: el producto sigue siendo un medicamento no autorizado y el vendedor incurre en delito.

¿Y la importación personal desde fuera?

Importar medicamentos no autorizados desde terceros países no es una vía limpia: está sujeta a control sanitario y aduanero, y el envío puede ser intervenido. Más allá de tu situación personal, cada compra sostiene la cadena de fabricación y distribución ilícita que la ley persigue. No es comparable a traer un suplemento: es traer un fármaco sin aprobar.

La posición de KRECE
La respuesta es no, y no es ambigua: ningún SARM está autorizado, venderlos es delito y usarlos no es ni seguro ni legal de comprar.
La respuesta corta es no: ningún SARM está autorizado en España.
La AEMPS los cataloga como medicamentos en experimentación y ni ella ni la EMA han aprobado ninguno; el más avanzado sigue sin aprobarse tras dos décadas. No es un vacío legal que explotar: es una ausencia de autorización que cierra la puerta a cualquier venta.
Venderlos o fabricarlos no es una falta: es delito contra la salud pública.
El artículo 361 del Código Penal castiga fabricar, importar o comercializar medicamentos en investigación sin autorización con riesgo para la salud. La Operación Sahagún-Arán lo demostró, con detenciones y unos 870.000 euros incautados. La cadena entera, no solo el fabricante, responde.
El «no apto para consumo humano» es un disfraz, no una vía legal.
Es la coartada con la que se vende, precisamente, para consumo humano. No cambia el estatus del producto ni legaliza la venta, y todo el contexto, marketing, gotero, canales, delata el destino real. Es el mismo truco que persigue la FDA al otro lado del Atlántico.
En el deporte es dopaje, con sanción y delito propio.
La AMA los prohíbe en todo momento (sección S1.2) y la AEPSAD sanciona; suministrarlos a deportistas, incluso aficionados, es delito (art. 362 quinquies CP). La promesa de un anabolizante «limpio y sin consecuencias» no existe en el reglamento antidopaje.
Para quien los usa: ni regulados ni seguros.
Comprar un gotero sin trazabilidad es comprar a ciegas a un mercado criminal: nadie garantiza la dosis ni la ausencia de contaminantes, como en el resto del mercado gris. Que el uso personal no sea el delito del art. 361 no lo convierte en seguro ni en sensato. La decisión informada es no.

Preguntas frecuentes

¿Es legal comprar SARM en España?

No de forma limpia. Ningún SARM está autorizado, y venderlos o distribuirlos es delito contra la salud pública (art. 361 CP). Comprarlos para uso personal no es ese delito en sí mismo, pero el producto no está regulado, no tiene garantías y la compra alimenta un mercado ilegal.

¿Por qué los venden si son ilegales?

Porque hay demanda de gimnasio y el mercado opera en la sombra, en goteros y por redes sociales. Que se vendan no los hace legales: la AEMPS los cataloga como medicamentos en experimentación no autorizados, y las redes que los distribuyen incurren en delito, como demostró la Operación Sahagún-Arán.

¿Sirve la etiqueta «no apto para consumo humano» o «solo investigación»?

No como vía legal. Es una coartada para fingir que se vende un reactivo y no un medicamento. No cambia el estatus del producto ni autoriza su venta para consumo humano, y los tribunales han condenado ventas encubiertas bajo etiquetas de suplemento o reactivo.

¿Es delito usarlos o solo venderlos?

El delito del art. 361 persigue la cadena de suministro: fabricar, importar, vender, anunciar. Usar o poseer para uso personal no es ese delito. Pero no es seguro ni regulado, y si compites es dopaje, con su propia sanción y, para quien te lo suministra, delito (art. 362 quinquies CP).

¿Qué pasa si soy deportista?

Los SARM están en la lista de la AMA como sustancias prohibidas en todo momento (S1.2, agentes anabolizantes). Un positivo conlleva sanción deportiva, y suministrarlos a deportistas, incluso aficionados, es delito de dopaje. No hay una vía «limpia» para un deportista.

¿Hay algún SARM aprobado en España o la UE?

No. Ninguno tiene autorización de comercialización ni de la AEMPS ni de la EMA. El más avanzado en investigación, el enobosarm, sigue sin aprobarse tras unos veinte años de ensayos. No existe el producto autorizado que haría legal su venta.

Referencias
  1. Ministerio del Interior (Policía Nacional y Guardia Civil). Desarticulada una organización criminal dedicada a la importación, fabricación y distribución a gran escala de SARMS (Operación Sahagún-Arán). interior.gob.es. Primera red de SARM desmantelada en España; la AEMPS los cataloga como medicamentos en experimentación, distribución y venta no autorizadas.
  2. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, artículos 361 y 361 bis (delitos contra la salud pública relativos a medicamentos). BOE. Castiga fabricar, importar, comercializar o difundir medicamentos sin autorización, incluidos los medicamentos en investigación, con riesgo para la salud.
  3. Ley Orgánica 10/1995, Código Penal, artículo 362 quinquies (dopaje en el deporte). BOE. Sanciona prescribir, proporcionar o suministrar a deportistas, federados o aficionados, sustancias prohibidas que pongan en peligro su salud.
  4. Agencia Mundial Antidopaje (AMA / WADA). Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos, sección S1.2 (otros agentes anabólicos, incluidos los SARM). wada-ama.org. Los SARM están prohibidos en todo momento, dentro y fuera de competición.
  5. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Marco de autorización de medicamentos y de medicamentos en investigación. aemps.gob.es. Un medicamento sin autorización de comercialización no puede distribuirse ni venderse en España.
  6. El Mundo, PAPEL (revista dominical), 21 de junio de 2026. Reportaje «El negocio secreto de la medicina pirata», por Jorge Benítez. Documenta el desmantelamiento de la red IberoSarm y el mercado clandestino de SARM en goteros vendidos por redes sociales.
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